sábado, 15 de enero de 2022

LEY DE ESTABILIZACIÓN DE INTERINOS




El pasado 30 de diciembre entra en vigor la Ley 20/2021, de 28 de diciembre para reducir la temporalidad en el empleo público. El Servicio Andaluz de Salud aún tiene que adaptarla a su personal (hasta el 8 de julio de 2022), pero esto no impide que desde ya le sea de aplicación.

 

 ¿Objetivo de la Ley?

Las Administraciones Públicas españolas tienen un porcentaje demasiado amplio de personal con "contrato" temporal. Con el objetivo de reducir esta temporalidad del empleo público, el legislador viene a aprobar esta Ley.

Por lo tanto, el objetivo es claro: reducir la tasa de temporalidad y dejarla por debajo del 8%. Para ello modifica el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP).

¿Cuáles van a ser causas justificadas para la contratación temporal en la Administración Pública? 

1. Que existan plazas vacantes no cubiertas. Podrán ser ocupadas por interinos en un plazo máximo de 3 años.

2. Para sustituir a titulares durante el tiempo de ausencia reglado (p.e.: vacaciones, permisos, bajas médicas,...)

3.- Para ejecutar programas de carácter temporal ( 3 años ampliable por 12 meses más)

4. Por exceso o acumulación de tareas (máximo 9 meses dentro de un periodo de 18 meses).

¿Qué ocurre trás los 3 años del nombramiento como interino? 

Transcurridos tres años desde el nombramiento como interino se producirá el fin de la relación de interinidad. Se establece una excepción: cuando el proceso selectivo (las oposiciones) queden plazas desiertas, entonces se podrá efectuar otro nombramiento de interinidad.

De forma excepcional el interino podrá permanecer en su puesto hasta la resolución de la convocatoria, si se ha publicado la misma para cubrirlo dentro del plazo de 3 años desde su nombramiento. En este caso su cese no dará lugar a compensación económica.

CONCLUSIONES

El SAS tendrá que reducir el porcentaje de temporales entre su plantilla, por lo que, es de pensar que tendrá que convocar oposiciones de forma más regular a como lo viene haciendo.

Tendrá que convocar y regularizar todas las plazas temporales que han sido ocupadas antes del 1 de enero de 2016. Dichas plazas podrá convocarlas por concurso-oposición o por concurso (valoración de méritos) en ningún caso este tipo de procesos será restringido a los interinos, todo el mundo podrá presentarse, de lo contrario el proceso sería ilegal.

De la mima manera esta norma es de aplicación a empresas públicas, fundaciones y consorcios públicos.

En cuanto la Junta de Andalucía adapte esta norma estatal al Servicio Andaluz de Salud podremos conocer mayores detalles, ello deberá producirse antes del 8 de julio de 2022.

En todo caso las convocatorias para acceder a una plaza en el SAS tendrán que realizarse con mayor periodicidad para que los puestos temporales no duren más de 3 años.

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