jueves, 6 de febrero de 2020

ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA CONDICIÓN PERSONAL ESTATUTARIO FIJO

La Ley 55/2003 de 16 de diciembre del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud establece dentro de su Capítulo V y más concretamente en los artículos del 20 al 28 establece cómo se adquiere la condición de personal estatutario y cómo se pierde.


¿Cómo se adquiere la condición de personal estatutario?


1. Superación de las pruebas de selección

Hay que aprobar el proceso selectivo que se convoque en el Servicio de Salud correspondiente.

2. Nombramiento conferido por el órgano competente.


3. Incorporación, previo cumplimiento de los requisitos formales en cada caso establecidos, a una plaza del servicio, institución o centro que corresponda en el plazo determinado en la convocatoria.

Es imprescindible el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos de forma sucesiva. No bastaría con la superación de las pruebas, es necesario cumplir los siguientes plazos.

¿Cómo se pierde la condición de personal estatutario?

a. Renuncia
b) La pérdida de la nacionalidad tomada en 
consideración para el nombramiento
c) La sanción disciplinaria firme de separación del servicio.
d) La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta y, en su caso, la especial para empleo o cargo público o para el ejercicio de la correspondiente profesión.
e) La jubilación.
f) La incapacidad permanente, en los términos previstos en esta Ley.




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