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jueves, 6 de agosto de 2026

¿Qué ocurre si no contestas una llamada de la Bolsa del SAS?

 

¿Qué ocurre si no contestas una llamada de la Bolsa del SAS?

Pocas situaciones generan tanta preocupación como perder una llamada de la Bolsa de Empleo Temporal del Servicio Andaluz de Salud (SAS).

Es habitual leer mensajes como este:

"Me llamaron tres veces seguidas y no pude coger el teléfono. Cuando devolví la llamada me dijeron que el contrato ya estaba asignado. ¿He perdido la oportunidad? ¿Me pueden sancionar?"

Si te has encontrado en una situación similar, es importante conocer cómo funciona realmente el sistema de llamamientos y qué consecuencias pueden derivarse según el nuevo Pacto de la Bolsa.

🔴 ¿Es la primera vez que intentas trabajar en el SAS? Antes de continuar, te recomendamos leer nuestra guía "Cómo trabajar en el SAS", donde explicamos paso a paso cómo funciona la Bolsa de Empleo Temporal y el concurso-oposición.


La buena noticia es que el nuevo Pacto de la Bolsa de Empleo Temporal del SAS regula expresamente cómo deben realizarse los llamamientos y qué consecuencias pueden producirse cuando no es posible contactar con la persona aspirante.

En este artículo vamos a analizar, paso a paso, qué dice realmente la norma.


El objetivo del sistema de llamamientos

La Bolsa del SAS debe cubrir necesidades asistenciales que, en muchas ocasiones, requieren una incorporación inmediata.

Por ello, el Pacto establece un procedimiento de comunicación ágil que intenta compatibilizar dos intereses:

  • Garantizar que la persona candidata tenga conocimiento de la oferta.
  • Evitar que una plaza permanezca sin cubrir más tiempo del necesario.

Por esa razón, los llamamientos telefónicos siguen un protocolo determinado.


¿Cómo realiza el SAS los llamamientos para contratos de corta duración?

Cuando la oferta corresponde a un nombramiento de corta duración, el procedimiento previsto en el Pacto es el siguiente:

1. Primer intento de llamada

El SAS realiza una primera llamada al teléfono facilitado por la persona aspirante.

Si la comunicación tiene éxito, se continúa con el procedimiento de oferta.

Si no resulta posible contactar, comienza el protocolo previsto para estos casos.


2. Segundo intento

Se realiza una segunda llamada.

Si tampoco resulta posible establecer comunicación, el procedimiento continúa.


3. Envío de un SMS

Tras esos intentos, el SAS remite un mensaje SMS al número de teléfono facilitado por la persona inscrita.

Ese mensaje constituye un aviso adicional para facilitar el contacto.


4. Espera de 15 minutos

El Pacto establece expresamente que deben transcurrir 15 minutos desde la segunda llamada.


5. Tercer intento

Una vez transcurridos esos quince minutos, se realiza una tercera llamada.

Todo este procedimiento está previsto específicamente para las ofertas de corta duración.


¿Y si el contrato es de larga duración?

En este supuesto el procedimiento es diferente.

El Pacto prevé la realización de dos llamadas telefónicas.

No contempla el mismo sistema reforzado previsto para las ofertas de corta duración.


¿Quedan registradas las llamadas?

Sí.

El nuevo Pacto establece que las conversaciones telefónicas deben quedar grabadas.

Esta previsión aporta una mayor seguridad jurídica tanto para la Administración como para las personas aspirantes, ya que permite acreditar el contenido de las comunicaciones realizadas.


Entonces... ¿qué ocurre si no contestas?

Aquí conviene distinguir dos cuestiones completamente diferentes.

Primera consecuencia: puedes perder esa oferta concreta

Si durante el procedimiento no es posible contactar contigo, el SAS puede continuar el proceso de selección para cubrir la necesidad asistencial.

En la práctica, ello puede significar que ese nombramiento sea ofrecido a otra persona.


Segunda consecuencia: la "imposibilidad de comunicar dos ofertas"

El nuevo Pacto regula expresamente un supuesto denominado:

"Imposibilidad de comunicar dos ofertas".

Cuando concurre este supuesto, la consecuencia prevista es:

➡️ Pase a la situación de "No disponible".

Y el propio Pacto establece que la reincorporación a la situación de disponible se producirá de oficio al sexto día natural.


¿Significa eso que una llamada perdida supone automáticamente pasar a "No disponible"?

No podemos afirmarlo.

Y aquí es donde resulta especialmente importante leer la norma con precisión.

El Pacto no dice que una única llamada no atendida produzca automáticamente el pase a "No disponible".

Lo que regula es un supuesto concreto denominado "imposibilidad de comunicar dos ofertas".

Es decir, la consecuencia jurídica prevista por la norma no se vincula literalmente a una llamada perdida, sino a la imposibilidad de comunicar dos ofertas, concepto que debe interpretarse conforme al propio Pacto y, en su caso, a las instrucciones de aplicación que dicte el SAS.

Por ello, sería incorrecto afirmar que perder una única llamada equivale automáticamente a esa situación.


¿Qué debes hacer si observas llamadas perdidas del SAS?

Si descubres que has recibido llamadas del SAS:

✅ Guarda el número de teléfono desde donde el SAS llama: 955625001 (ponlo como contacto, un tono de llamada especial,...)

Comprueba inmediatamente si existen mensajes SMS asociados.

✅ Conserva el registro de llamadas.

✅ Ponte en contacto con la unidad correspondiente si todavía resulta posible.

✅ Revisa que el número de teléfono registrado en la VEC sea correcto.


Errores muy frecuentes

❌ Pensar que el SAS está obligado a insistir indefinidamente.

❌ Creer que perder una llamada implica automáticamente una sanción.

❌ No mantener actualizado el teléfono de contacto.

❌ Confundir una llamada perdida con el supuesto jurídico de "imposibilidad de comunicar dos ofertas".


Conclusión

El nuevo Pacto de la Bolsa del SAS ha regulado de forma mucho más detallada el procedimiento de llamamientos telefónicos.

Ahora sabemos:

  • Cómo se realizan las ofertas de corta duración.
  • Cómo se realizan las de larga duración.
  • Que las conversaciones quedan grabadas.
  • Que existe un supuesto específico denominado "imposibilidad de comunicar dos ofertas", cuya consecuencia es el pase temporal a la situación de "No disponible" con reincorporación automática al sexto día natural.

Sin embargo, también es importante evitar interpretaciones simplistas. El Pacto no identifica expresamente una llamada perdida con la imposibilidad de comunicar dos ofertas, por lo que conviene analizar cada caso conforme a la normativa y a los criterios de aplicación del SAS.


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